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OTRA VEZ EL SOLIDARISMO CONTRA LOS SINDICATOS
Miguel Picado,
Pbro.
Fuente: Diario; elpais.cr| 17/07/2009
Hemos leído
con preocupación el artículo firmado por el Pbro. Francisco Hernández, Presidente
del Movimiento Solidarista y Director de la Escuela Social Juan XXIII, que
titula “Un proyecto contraproducente”, publicado en el diario La Nación
el 11 de julio. Nos preocupa en primer término que esas declaraciones provengan
del director de un organismo eclesial y por eso escribimos estas líneas.
En la persona de su Director, la Escuela Social Juan XXIII hace completamente
suya la perspectiva de UCCAEP, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones
de la Empresa Privada y, con ese proceder, comete sus mismos errores. Propone
eliminar el inciso e del art. 340 del expediente 13475, que busca reformar
el Código de Trabajo, aduciendo que, de aprobarse, quedarían borradas las
diferencias entre las actividades sindicales y las de las asociaciones solidaristas.
Lo cierto es que estas asociaciones sí realizan actividades lucrativas que
les permiten repartir utilidades entre sus afiliados. Asimismo, administran
la cesantía de los trabajadores (un tipo de ahorro) junto con un aporte
patronal. En cambio, el proyecto de ley no autoriza a los sindicatos la
realización de ese tipo de actividades.
Valga recordar que el tipo de ahorro permitido a los sindicatos por el Código
de Trabajo es de carácter mutualista, que no genera ni permite la distribución
de dividendos. El proyecto en discusión no cambia este aspecto. Es un ahorro
voluntario y por los préstamos sólo se cobran los gastos administrativos.
Los sindicatos necesitarían una ley especial para manejar la cesantía, los
solidaristas ya la tienen y nadie se las está quitando. No hay ninguna “odiosa
discriminación” como pretende el P. Francisco Hernández, sumándose gustoso
a la campaña desinformativa contra las reformas para fortalecer las garantías
sindicales. En ese mismo sentido, cabe aclarar que los sindicatos no son
bancos ni poseen bancos; no están autorizados para captar ahorro del público.
Deseamos referirnos al fuero sindical. En el actual Código de Trabajo figura
como una protección para los dirigentes, fundadores e integrantes de la
junta directiva de un sindicato. Sin embargo, en la práctica, se dan con
toda “regularidad” los despidos de los dirigentes. Desde luego, éstos pueden
acudir a los tribunales, donde el pleito tarda varios años en resolverse.
Mientras tanto, el sindicato se ha disuelto. Para evitar tamaña triquiñuela,
el proyecto de ley en discusión busca aprobar un procedimiento que exija
demostrar que el despido se hizo por razones administrativas o económicas,
que no se despide como consecuencia de la actividad sindical. Se busca hacer
efectivo un derecho ya contemplado en la ley.
En el artículo 363 de la reforma se detalla una lista de conductas que constituyen
prácticas laborales desleales por parte del empleador, entre ellas, la discriminación
a una persona por su condición de afiliado a un sindicato. Actualmente,
según el Código, a los líderes sindicales no se les puede despedir (aunque
acabamos de mencionar un procedimiento tramposo). Sin embargo, no hay protección
para los afiliados. Con la reforma, se prohibiría despedir a un afiliado
por el hecho de ser afiliado. ¿Cómo se sentiría el Presidente del Movimiento
Solidarista si los patronos pudieran despedir a un trabajador o trabajadora
por el “delito” de integrar el solidarismo? ¿Se ha puesto a pensar por qué
será que las Cámaras patronales dan tantas facilidades al solidarismo mientras
persiguen a los sindicatos? ¿Por qué hay tan pocos sindicatos en la empresa
privada? ¿No es que la Doctrina Social de la Iglesia protege desde siempre
a los sindicatos? No me diga, P. Hernández, que usted no sabe nada de “listas
negras” y de otras
prácticas laborales desleales de ciertos patronos, mencionadas en el art.
363 del proyecto de reforma.
Los sindicatos son “asociaciones de trabajadores formadas para defender
sus propios derechos”, recuerda Benedicto XVI en su Encíclica Caritas in
Veritate, que tiene todavía húmeda la tinta. ¿No le parece poco decoroso
que un presbítero católico se sume a la campaña contra los derechos de los
sindicatos?
Un último punto. Las modificaciones al Código de Trabajo referidas formaron
parte del proceso de Concertación Nacional promovido por la Administración
de don Miguel A. Rodríguez. UCCAEP también firmó, al lado de los sindicatos
y otros sectores. Si ahora resultan papel mojado, en Costa Rica se estaría
perdiendo o al menos deteriorando un valioso instrumento de diálogo social,
en el cual la Conferencia Episcopal ha puesto mucha esperanza. No se sume
usted, por favor, al descrédito de ese instrumento. Tampoco coloque a un
organismo de nuestra Iglesia entre los que desobedecen los compromisos adquiridos
ante la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Para mí es doloroso
discrepar con un miembro del clero, pero esta vez ha sido inevitable, por
el bien de los trabajadores. Y no se olvide que no fui yo el primero en
acudir a los medios de divulgación.
Excelente el articulo del Padre Miguel Picado.
Que dolorosa
la actitud del Padre Francisco Hernández, una vez demuestran que la Escuela
Social Juan XXIII y su actual director el Padre Francisco Hernández están
en contra de los trabajadores de este país. Así lo han hecho históricamente.
Es increíble que con el conocimiento que tiene el Padre Francisco Hernández
sobre doctrina social de la iglesia esté ignorando todo lo que la Iglesia
enseña sobre el sindicalismo.
Ahora queda claro lo que siempre hemos dicho, que la Escuela Social Juan XXIII organismo arquidiocesano esta en contra de la libertad sindical. Lo confirman al manifestarse públicamente por parte de su director el Padre Francisco Hernández, al firmar el campo pagado en contra del proyecto 13.475 que se tramita en la asamblea legislativa, SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL
Comentario
del Padre Gerardo Vargas